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Decisiones del dia 26/01/2018

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
Paginas 1 [Total de sentencias: 9] Página 1 de 1
N° Expediente : 01-2014 N° Sentencia : 01-2014 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
RUBI DEL VALLE HERNANDEZ VS JOSE LUIS RAMIREZ
Resumen:
En razón de lo expuesto, al evidenciarse que la controversia aquí planteada encuadra en el ordinal y artículo invocado por éste Juzgador, y dada la naturaleza del mismo, se considera procedente LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.- Por todos los razonamientos antes expuestos, y aunado a ello el principio constitucional que establece "Que el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, SIN DILACIONES INDEBIDAS, SIN FORMALISMO O REPOSICIONES INÚTILES, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, contemplada en el Primer Aparte del Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente; y en consecuencia se ordena el Archivo Judicial de la presente causa. Y así se decide
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
arriba

N° Expediente : 42-2015 N° Sentencia : 42-2015 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
ROSSE VALLEJO VS JESUS HERNANDEZ
Resumen:
En razón de lo expuesto, al evidenciarse que la controversia aquí planteada encuadra en el ordinal y artículo invocado por éste Juzgador, y dada la naturaleza del mismo, se considera procedente LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.- Por todos los razonamientos antes expuestos, y aunado a ello el principio constitucional que establece "Que el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, SIN DILACIONES INDEBIDAS, SIN FORMALISMO O REPOSICIONES INÚTILES, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, contemplada en el Primer Aparte del Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente; y en consecuencia se ordena el Archivo Judicial de la presente causa. Y así se decide
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
arriba

N° Expediente : 29-2014 N° Sentencia : 29-2014 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
YITZI CASTILLO, VS OMAR TRILLO
Resumen:
En razón de lo expuesto, al evidenciarse que la controversia aquí planteada encuadra en el ordinal y artículo invocado por éste Juzgador, y dada la naturaleza del mismo, se considera procedente LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.- Por todos los razonamientos antes expuestos, y aunado a ello el principio constitucional que establece "Que el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, SIN DILACIONES INDEBIDAS, SIN FORMALISMO O REPOSICIONES INÚTILES, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, contemplada en el Primer Aparte del Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente; y en consecuencia se ordena el Archivo Judicial de la presente causa. Y así se decide
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
arriba

N° Expediente : 43-2014 N° Sentencia : 43-2014 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
SULEMA ESPINOZA VS ANSELMO VASQUEZ
Resumen:
ocasionando esto la PERENCION DE LA INSTANCIA, contenida en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien, hecha la relación y analizado el presente asunto, éste Juzgador pasa a pronunciarse sobre la perención de la siguiente manera: PRIMERO: La perención es un modo de extinguir la relación procesal, al transcurrir un cierto período en estado de inactividad. La perención de la instancia no extingue la pretensión, pero deja sin efecto el proceso con todas sus consecuencias.- SEGUNDO: Así las cosas tenemos, que el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ésta dirigido a extinguir por el transcurso de un (1) año el procedimiento, motivado al incumplimiento suscitado por la parte actora, de los deberes que le impone la Ley para lograr la citación del demandado, y por su carácter punitivo es de aplicación restrictiva. TERCERO: Ahora bien, como lo ha sostenido reiteradamente, nuestro más alto Tribunal Supremo de Justicia, el fundamento de la figur.....
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
arriba

N° Expediente : 19-2014 N° Sentencia : 19-2014 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
BEATRIZ GARCIA VS ALVARO RODRIGUEZ
Resumen:
De allí tenemos que a partir del auto de admisión de la demanda, la parte actora debió haber cumplido con las actividades y obligaciones que le impone la Ley para que fuera practicada la Notificación de las partes demandadas agotando todas sus instancias.- En este sentido la Sala de Casación Civil, mediante sentencia de fecha 06 de Julio de 2.004, ha reiterado el criterio anteriormente señalado. CUARTO: En consecuencia considera este Juzgador, que en efecto se puede determinar con precisión en el presente expediente, que la demanda fue admitida en fecha 16/05/2014, y hasta la fecha 26-01-2018 no se ha citado a la parte demandada, y en consecuencia han transcurrido más de Un (01) año, para lograr la citación del mismo, por otra parte establece la norma en forma imperativa que la parte actora debe lograr la respectiva Citación al demandado en el lapso perentorio de treinta (30) días, contados a partir de la admisión de la demanda, cosa que no se cumplió. Y así se establece.- QUINTO: E.....
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
arriba

N° Expediente : 27-2014 N° Sentencia : 27-2014 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
YITZI CASTILLO VS CECILIO BALTAZAR
Resumen:
En razón de lo expuesto, al evidenciarse que la controversia aquí planteada encuadra en el ordinal y artículo invocado por éste Juzgador, y dada la naturaleza del mismo, se considera procedente LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.- Por todos los razonamientos antes expuestos, y aunado a ello el principio constitucional que establece "Que el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, SIN DILACIONES INDEBIDAS, SIN FORMALISMO O REPOSICIONES INÚTILES, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, contemplada en el Primer Aparte del Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente; y en consecuencia se ordena el Archivo Judicial de la presente causa. Y así se decide.-
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
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N° Expediente : 19-2016 N° Sentencia : 19-2016 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
XIOMARA AFANADOR VS PEDRO ALVARADO
Resumen:
En razón de lo expuesto, al evidenciarse que la controversia aquí planteada encuadra en el ordinal y artículo invocado por éste Juzgador, y dada la naturaleza del mismo, se considera procedente LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.- Por todos los razonamientos antes expuestos, y aunado a ello el principio constitucional que establece "Que el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, SIN DILACIONES INDEBIDAS, SIN FORMALISMO O REPOSICIONES INÚTILES, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, contemplada en el Primer Aparte del Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente; y en consecuencia se ordena el Archivo Judicial de la presente causa. Y así se decide.
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
arriba

N° Expediente : 38-2015 N° Sentencia : 38-2015 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
EMILINE MARIA ASTUDILLO, VS EDITZON PIÑERO,
Resumen:
En razón de lo expuesto, al evidenciarse que la controversia aquí planteada encuadra en el ordinal y artículo invocado por éste Juzgador, y dada la naturaleza del mismo, se considera procedente LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.- Por todos los razonamientos antes expuestos, y aunado a ello el principio constitucional que establece "Que el Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, SIN DILACIONES INDEBIDAS, SIN FORMALISMO O REPOSICIONES INÚTILES, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, contemplada en el Primer Aparte del Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente; y en consecuencia se ordena el Archivo Judicial de la presente causa. Y así se decide
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
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N° Expediente : 54-2014 N° Sentencia : 54-2014 Fecha: 26/01/2018
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
IRMA TEODORA GUEVARA, VS HENRY GONZALEZ,
Resumen:
ocasionando esto la PERENCION DE LA INSTANCIA, contenida en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien, hecha la relación y analizado el presente asunto, éste Juzgador pasa a pronunciarse sobre la perención de la siguiente manera: PRIMERO: La perención es un modo de extinguir la relación procesal, al transcurrir un cierto período en estado de inactividad. La perención de la instancia no extingue la pretensión, pero deja sin efecto el proceso con todas sus consecuencias.- SEGUNDO: Así las cosas tenemos, que el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ésta dirigido a extinguir por el transcurso de un (1) año el procedimiento, motivado al incumplimiento suscitado por la parte actora, de los deberes que le impone la Ley para lograr la citación del demandado, y por su carácter punitivo es de aplicación restrictiva. TERCERO: Ahora bien, como lo ha sostenido reiteradamente, nuestro más alto Tribunal Supremo de Justicia, el fundamento de la figur.....
Juez/Ponente:
Paguirma Del Carmen Barrios Romero
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito
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