Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroni del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano MARCOS ANTONIO MALDONADO CARRILLO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.185.978, falleció el día 13/12/2.025, en el Hospital de los Trabajadores de Alta Vista Puerto Ordaz Municipio Caroni del Estado Bolívar, a consecuencia de SHOCK CARDIOGENICO INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO ATEROESCLEROSIA DE ARTERIA CORONARIAS Y CEREBRALES según acta de .....