este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
DECLARA:
Primero: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en este juicio de Obligación de Manutención, seguido por YOSMAR YINE ARTEAGA HURTADO contra FELIX ELIAS VELASQUEZ TRAVIZO, en beneficio de su hija (Identidad Omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente), plenamente identificados en autos, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, que establece:
"TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN (1) AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO DE LAS PARTES"