Las  partes  en  el  presente caso  declaran   renunciar  al  lapso  de  comparecencia a objeto  de  que  sea instalada   la  audiencia  preliminar toda  vez  que  han  llegado  a un  cauerdo  que  ponde  fin  a la  causa. Se  homologa la transacción presentada por las partes y por consiguiente se declara terminado el proceso y ordena el archivo del mismo para su seguridad y resguardo.-