Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO que por RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD CONTRA LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº SS-2010-1414 DE FECHA 25 DE AGOSTO DE 2010 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, ha incoado la sociedad mercantil RORAIMA INN BINGO & HOTEL, C. A., domiciliada en esta ciudad, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, el día 15 de abril de 1999, anotada bajo el Nº 50, Tomo 20-A-Pro; a través de su apoderada judicial, ciudadana ANA MARÍA FIGUEROA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.130. ASÍ EXP.....