D E C I S I O N
Por todos los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada en base al Artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, por los cónyuges, ciudadanos: ANA ROSA PALACIOS SOASOA e HILARIO RAMON SIVIRA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 7.428.953 Y 7.518.281, respectivamente, ambos con domicilio en la Población de Yaritagua Estado Yaracuy, quienes están asistidos por la abogado en ejercicio: YOHANNA RAMIREZ CORONADO, Inpreabogado Nro. 114.896; En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha Veinticinco (25) de Febrero del año Mil Novecientos Ochenta (1980), p.....