Esta Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, en consecuencia se revoca la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 5, en cuanto al otorgamiento de la Medida cautelar sustitutiva a la Privación Judicial de libertad, dictada durante la celebración de la audiencia de presentación de imputado el día 13 de Abril de 2012, cuyos fundamentos en extenso se publicaron el 16 de Abril de 2012, y se revoca la medida cautelar sustitutiva impuesta, se ordena que el ciudadano HILDAMARO JUNIOR YOVERA OROPEZA, arriba identificado, sea recluido en el Internado Judicial del Estado Yaracuy; conservando plena vigencia el resto de los pronunciamientos y así se decide. En consecuencia, se acuerda que la presente decisión sea remitida con carácter de urgencia .....