PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano MARTIN BERRUGUETE, asistido por el abogado EDWARD ALEXANDER VIERA, en el Juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoado por el ciudadano MARTIN ALONSO BERRUGUETE contra los ciudadanos ANGELO ANTONIO SAGLIMBENI Y CEIMARA MARRERO.
SEGUNDO: Se impone al recusante ciudadano MARTIN BERRUGUETE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.842.012, por haberse declarado como no criminosa la recusación interpuesta, una multa de VEINTE UNIDADES TRIBUTARIAS (20 U.T.), a razón de 0,40 Bolívares cada una, para un total de OCHO BOLIVARES (Bs. 8,00) conforme a lo indicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.359 de fecha 20 de abril del año 2022. La citada multa debe ser pagada por el recusante, por ante el Fisco o Tesorería Nacional dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a la fecha de la notificación que al efecto se haga, para la entrega de la planilla de pago, debie.....