PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por la abogada Dexsy Carolina Pineda Villegas, con la condición de co-apoderado judicial de la parte recurrente "Trolebús Mérida, C.A., (TROMERCA), contra el fallo definitivo proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de data cuatro (04) de junio de 2012, en el asunto principal signado con el No. LP21-N-2011-000045.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido, en el que se declaró:
Primero: SIN LUGAR el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la empresa TROLEBÚS MÉRIDA, C.A. (TROMERCA), contra la Providencia Administrativa Nº 00106-2011, de fecha 17 de mayo de 2011, expediente administrativo N° 046-2011-01-00068.
Segunda: Se ordena la notificación del Procurador General de la Republica, según lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, de la presente decisión.
Tercero: Se ordena la notificación d.....