Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de cujus ciudadano CARLOS ENRIQUE MARCO MARTINEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.792.729 falleció AB-INTESTATO, el día 22 Octubre de 2.014 , en la Urbanización Rio Azul, avenida Atlantico, calle 2 casa nro. 11 Puerto Ordaz , Estado Bolívar a consecuencia de INFARTO AGUDO DEL MIOCARDIO CARDIOPATIA HIPERTENSIVA , HIPERTENSION ARTERIAL DIABETES MULTIPLES TIPO II a los ciudadanos ARMENIA DEL VALLE ROMERO DE M.....