Previo análisis de las actas procesales que conforman el presente expediente, la doctrina científica y la jurisprudencia patria, éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: DESISTIDA, la Acción de Amparo Constitucional ejercida por el ciudadano GERMAN RAFAEL QUIJADA MERCADO, titular de la Cédula de Identidad Nº v-10.109.536, en su condición de demandante en la causa signada con el Nº FP11-L-2012-001273, en contra del JUZGADO DÉCIMO (10º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE PUERTO ORDAZ, por la omisión de presunta "abstención" de continuar con el mandamiento de ejecución de la sentencia definitivamente firme que dictara el TRIBUNAL PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓ.....