Por tanto, esta Juzgadora considera que en el presente procedimiento se cumplieron todos y cada uno de los trámites procesales requeridos por el Legislador para su procedencia. Así se establece.
D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana LEYDIS JOSÉ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.727.804, contra el ciudadano JOSÉ RUBÉN EMÁN LISCANO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.514.611, en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entre ellos, en fecha 29 de abril de 1994, ante el Registro Civil del Mun.....