, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente contra la decisión dictada en fecha 02 de septiembre de 2003, por el extinto Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FH03-L-2001-000124. SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo recurrido en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión y en consecuencia se condena a la empresa PANAMCO DE VENEZUELA, S.A., a cancelarle al accionante MANUEL EDGARDO BUENO REQUENA los conceptos y montos establecidos en la parte motiva de la presente decisión.