En el presente caso, el Tribunal que dicto la sentencia contra la que se ejerce el Recurso de Invalidación es el Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por tal motivo considera este Juzgador QUE NO TIENE COMPETENCIA PARA CONOCER DEL PRESENTE RECURSO DE INVALIDACION, correspondiendo la competencia del mismo al Juzgado que dicto el fallo contra el que se recurre Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por tal motivo se DECLARA EXPRESAMENTE LA INCOMPETENCIA DE ESTE JUZGADO PARA CONOCER DEL RECURSO DE INVALIDACION PROPUESTO POR LAS CIUDADANAS: LUISA AMERICA HERNANDEZ LOZANO y ENEIDA JOSEFINA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.923.140 y V- 11.637.040, respectivamente, domiciliados en Tumerem.....