Se dicto sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva mediante Resolucion Nº PJ0182016000236 mediante la cual se declaro LA PERENCION en el presente juicio de TACHA DE DOCUMENTO POR VÍA PRINCIPAL propuesta por los ciudadanos EDSON ALEJANDRO ROJAS RIVAS y HUMBERTO RIVAS FLORES, abogados en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo los Nros 59.566 y 85.516, quienes actúan en su carácter de representantes legales de la Asociación Cooperativa PROYECTOIS Y SERVICIOS 2021, R.L, contra la empresa Mercantil BANCO GUAYANA, C.A..-