Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la Apelación ejercida por el ciudadano ENRIQUE DE LEON, de profesión abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.905 en su condición de Apoderado Judicial de la Parte Demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de Octubre de 2013 por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz. Se REVOCA, la decisión de fecha 08 de Octubre de 2013 por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, y en consecuencia de ello, se ordena a la ciudadana experto contable que realizó el Informe Pericial, proceda a corregir el mismo, de acuerdo a los términos en que se establecerán en el texto íntegro de la sentencia; una vez, cumplido ello, la ciudadana Jueza Aquo, deberá pronunciarse sobre la fijación definitiva del monto.....