este Juzgado Segundo (2°) de Juicio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por el INSTITUTO DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO BOLIVAR, contra la Providencia Administrativa Nº 2010-00224, dictado por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLIVAR, ESTADO BOLÍVAR, en fecha 27 de Octubre de 2010, mediante la cual se declaró Con Lugar el Reenganche, Pago de Salarios Caídos y Demás Beneficios Laborales dejados de percibir, desde la fecha del despido 14 de Junio de 2010 hasta la fecha de efectiva reincorporación de la trabajadora BELKIS MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.870.038.