este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: REVOCA la decisión proferida en fecha 23/10/2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: se declara la INCOMPETENCIA de este Órgano Jurisdiccional para conocer y decidir el fondo de la presente causa, así como la del precitado Juzgado de Juicio, en tal sentido, se DECLINA LA COMPETENCIA para conocer y decidir en primera instancia al Juzgado Superior Contencioso Administrativo, y en consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Superior Contencioso Administrativo del Estado Bolívar con Sede en Puerto Ordaz, a los fines de conocer el asunto y provea lo conducente para garantizar la tutela judicial efectiva de ambas partes.