Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR recurso de apelación ejercido por los abogados ODEISA DAILINY VIÑA HERRERA y HECTOR VALLES MARQUEZ, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 222.364 y 100.033, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA DE CALZADOS EDEN, C.A., en contra de la sentencia dictada por el tribunal A-quo, en fecha 13/12/2024.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados en ejercicio ODEISA DAILINY VIÑA HERRERA y HECTOR VALLES MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 222.364 y 100.033 respectivamente, en su carácter de co-apoderados judiciales de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA .....