UNICO: HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO ANTE ESTE DESPACHO ENTRE LAS PARTES, otorgándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y Artículo 10 y 11 de su Reglamento, en los mismos términos a que se contrae el contenido de cada Cláusula.
Se da por terminado el Recurso y la presente Causa, y ordena su devolución de forma inmediata a su Tribunal de Origen, una vez venza el lapso para recurrir contra la misma, teniendo en cuenta el Juez que conozca la fase de Ejecución, deberá ordenar el archivo del presente asunto dado el cumplimiento integro del monto dinerario acordado en la presente transacción.