Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado FREDDLYN MAY MORALES ROJAS, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 108.483, en su condición de parte actora recurrente.
SEGUNDO: SE REVOCA LA SENTENCIA, de fecha 23 de Octubre de 2012 dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, que en el Juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano JOSE CONCEPCION GONZALEZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.012.022, en contra la empresa CONSTRUCCIONE.....