y en el caso del expediente nro. 43.157 tenemos que la parte Actora es los ciudadanos GLADYS ELENA MILLAN DE CAMPOS, MILANY ANDREINA FARES MILLAN Y ALVARO JAIME FARES MILLAN, cedulas de identidad Nros.3.823.030, 14.065.930 y 16.009.453, y la parte demandada es la ciudadana BETZAIDA JEANNINE CARRIEL, CI. 81.840.393, la causa es por desalojo en el exp.43.157 sobre el inmueble Local comercial 44-3, calle Monagas, Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar y en el 43.158 sobre el inmueble 44-2 en la misma dirección, en ambos casos por supuesto deterioro de la cosa fundamentado en la causal e del articulo 33 de la Ley de Arrendamientos inmobiliario, lo que evidencia que se trata de causas idénticas procedimentalmente pero distinto inmueble, por lo que la solicitud de acumulación de causas es procedente en cuanto a derecho se refiere, en virtud de que los procedimientos son compatibles y se encuentran en la misma etapa procesal, por lo que verificándose que la citación ocurrió el mismo dí.....