Nº PJ0082008000083. Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución de Sentencia de Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado: NAIM IZZAIL DIAZ, cédula de Identidad N° 19.382.891, y en esta misma oportunidad se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, con Sede en esta localidad, para que proceda a designar el Equipo Técnico que deberá presentar el Informe Psico- Social, al prenombrado ciudadano. Así como a la División de Antecedentes Penales, con Sede en Caracas, a objeto de que remita a este Despacho, los posibles registros que pudiera presentar ante esa Dependencia Oficial, el penado de marras. Notifíquese a las partes, conforme a la Ley. Cúmplase lo ordenado.