Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: "CON LUGAR" la inhibición formulada por el ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ, en su condición de Juez Sexta de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz, para conocer de la causa signada FP15-X-2009-000022, contentivo del juicio por la ciudadana ROSA MARÍA BRITO contra la empresa SANTO TOME IV C.A.