Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana y por la autoridad que le confiere la Ley:
PRIMERO: Se declaran nulos de nulidad absoluta las actuaciones que rielan a los folios desde el 71 al 73 contentivo del escrito de promoción de pruebas presentados por la representación de la parte demandada de igual forma a los folios desde el 135 al 138, cursa escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora.-
SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA al estado de la correcta admisión de la reconvención propuesta por la parte demandada la cual se admitirá al segundo día de despacho siguiente a la publicación de esta decisión, ordenándose la respectiva notificación de las partes una vez admitida la misma.
TERCERO: Que una vez que conste en autos las notificaciones de las partes en lo referente a la admisión de la reconvención co.....