Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", Declara Con Lugar la excepción de Prescripción opuesta por la Defensa, y en ocasión a ello, Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), en el presente asunto por el delito de LESIONES LEVES A TÍTULO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en los artículos 416 y 424 del Código Penal, en perjuicio de (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo previsto en el literal "d" del artículo 561 y 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con los artículos 318, ordinal 3° y 48, cardinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y el numeral 6° del artículo 108 del Código Penal, aplicables según la previsión de la norma 537 de la Ley Orgánica antes mencionada, por extinción de la acción penal ante la inactiv.....