En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra de el ciudadano: LUIS ANTONIO MEDINA, titular de la cédula de identidad V-1.955.974, residenciado en: BUEN RETIRO, CALLE LIBERTADOR, CASA Nº 16, SAN FÉLIX - ESTADO BOLÍVAR, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: HECTELINA DEL VALLE LANZ DE MEDINA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.517.657, residenciada en BUEN RETIRO, CALLE LIBERTADOR, CASA Nº 16, SAN FÉLIX - ESTA.....