3°- Un Bien-Mueble, Constituido por un (01) Vehículo Marca Ford Fusión. Año 2009. Color Blanco. Placa AA281JV. Serial de carrocería. 3FAHP08109R184175. Serial motor: 9R184175. Según consta en copia debidamente certificada del contrato con reserva de dominio del vehículo otorgada por la Notaria Publica Primera de Ciudad Bolívar, y quedo inserto bajo el Nº33. Tomo 01 de los libros de autenticaciones llevados por este Despacho en fecha seis (06) del mes enero del año 2010).
Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida, a tenor de lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, Déjese copia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tráns.....