En consecuencia de ello, y advirtiéndose que no se cumplió los extremos del Artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena Librar nuevo Cartel de Notificación a la Empresa Demandada, a los fines de que comparezca al 10º día hábil siguiente, a las 9:30a.m., para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Líbrese Cartel. CUMPLASE.-