Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto por la empresa C.V.G. ALUMINIOS DEL CARONÍ, S. A. (ALCASA), domiciliada en Ciudad Guayana, estado Bolívar, originalmente constituida por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda en fecha 16 de Febrero de 1961, bajo el N° II. Torno I-A, con última reforma en fecha 16 de mayo de 2008, inserto bajo el N° 16 Tomo 25-A¬pro, representada por el ciudadano abogado LEONARDO FRANCESCHI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.189, en contra de la Providencia Administrativa Nº 2011-0315, de fecha 20 de junio de 2011, emanada de la INSPECTORÍA DE.....