este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, para seguir conociendo del juicio por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO CON MEDIDA CAUTELAR IMNOMINADA DE SUSPENSION DE LOS EFECTOS DEL ACTO, incoado por el ciudadano, en contra de la Providencia administrativa No. 2010-274 dictada por la Inspectoría del Trabajo "ALFREDO MANEIRO" de Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al mencionado Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en Puerto Ordaz, a los efectos que continúe conociendo del presente asunto.
TERCERO: Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Primero de Prime.....