administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: De conformidad con lo establecido en el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, Decreta: Separados legalmente de cuerpos a los ciudadanos MARIANA LISBETH TOVAR y EFRAIN JESUS OLIVERO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.337.896 y 12.077.665 respectivamente, residenciados en la Morita Nueva, Sector 1, Av 2, casa Nro 24, Municipio Cocorote estado Yaracuy y en la calle 4, entre 3 y 4 Avenida, casa Nro 3-4, Sector Cantarrana, Municipio San Felipe estado Yaracuy, asistidos por el abogado ERIK DURAN, inscrito en el Inpreabogado Nº 101.722, y en consecuencia, se suspende la vida en común de los mismos de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y siguientes del Código Civil Venezolano. Así se decide.