Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la acción de DESALOJO incoada por MARISOL DEL CARMEN GAGO venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Número V-4.596.317 debidamente representado por la abogado en libre ejercicio CARMEN BARBOZA SILVA , inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 105.314 en contra de LAURIE CAROLINA RAMIREZ venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 15.251.414
Publíquese y regístrese la presente decisión y déjese copia certificada en el archivo del tribunal. Devuélvanse los originales si los hubiere, previa su certificación por secretaría.
Publíquese y regístrese y déjese copia de la presente decisión en los archivos de este Juzgado.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas del Municipio .....