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Decisiones del dia 28/03/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : UP11-L-2005-222236 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2006
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
RAFAEL SIMON BLANCO Y JOSE ALEXANDER BLANCO CONTRA SILCA
Resumen:
De seguidas la ciudadana Juez le cedió el derecho de palabra al representante de la parte demandada quien expuso que su representada se encuentra analizando la situación de la controversia planteada y en aras de llegar a un acuerdo solicita la prolongación de la audiencia preliminar, una vez oída la exposición de la parte demandada, la Juez le cede el derecho de palabra a la representante de la parte actora, quien de forma oral manifestó que estaba de acuerdo con la solicitud de la parte demandada. En este estado, el Tribunal acuerda la prolongación de esta audiencia y fija su continuación para el día cinco (05) de Abril del año en curso a las diez de la mañana (10:00 A. M). Siendo las nueve y treinta y siete minutos de la mañana (09:37 A.M). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Juez/Ponente:
Mary Salcedo
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
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N° Expediente : UP11-L-2006-000098 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2006
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
ANA EDUVIGIS LOPEZ CONTRA IVAN MANUEL SANTAELLA
Resumen:
Del debate entre las partes se llegó a un acuerdo luego de revisar los montos y realizar varios cálculos de los cuales resultó que la cantidad a cancelar por el demandado a la demandante será la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 7.000.000,00) los cuales seran cancelados de la siguiente forma: en este acto el representante de la parte demandada le entrega a la demandante la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 3.500.000,00), quien recibe dicha cantidad a entera satisfacción, y el saldo restante, es decir, la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 3.500.000,00) será cancelada por ante este Tribunal el día 17 de Abril del año 2006 a las 11:00 a.m. Ambas partes solicitan a este Tribunal la homologación del presente acuerdo conciliatorio. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo señalado en el artículo 263 del Códi.....
Juez/Ponente:
Mary Salcedo
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
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