Del debate entre las partes se llegó a un acuerdo luego de revisar los montos y realizar varios cálculos de los cuales resultó que la cantidad a cancelar por el demandado a la demandante será la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 7.000.000,00) los cuales seran cancelados de la siguiente forma: en este acto el representante de la parte demandada le entrega a la demandante la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 3.500.000,00), quien recibe dicha cantidad a entera satisfacción, y el saldo restante, es decir, la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 3.500.000,00) será cancelada por ante este Tribunal el día 17 de Abril del año 2006 a las 11:00 a.m. Ambas partes solicitan a este Tribunal la homologación del presente acuerdo conciliatorio. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo señalado en el artículo 263 del Códi.....