Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, dictó sentencia N° PJ0662014000035, medinte la cual se declara SIN LUGAR, el presente recurso contencioso tributario presentado Mediante escrito de fecha 07 de abril de 2011, la Abogada Mary Elba Díaz Colina, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.523, apoderada judicial de la empresa FARMA MAKRO, S.A contra la Resolución Nº 1677, de fecha 17 de enero de 2011, emanada de la Alcaldía del Municipio Caroni del Estado Bolívar