En merito de lo expuesto, y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, declara: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por la De Cujus NELSON RAFAEL VALLES GARRIDO, quien era de nacionalidad Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-11.512.944, fallecido en fecha 10/03/2025; a consecuencia de INFARTO AGUDO DEL MIOCARDIO, HIPERTENSION ARTERIAL, tal como se evidencia de Registro de Defunción expedido por el Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolivar, la cual quedó anotada bajo el Acta Nro. 706, libro nro. 05, llevado por dicho Registro durante el año 2025; a los Ciudadanos: NOHELIS DEL VALLE FRANCO BARRIOS (ESPOSA), MARIA DE LOS ANGELES VALLES FRANCO y NELSON DAVID VALLES FRANCO (HIJOS), venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de.....