el JUZGADO QUINTO (5°) DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL PRIMER CIRCUITO DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ declara la presente TRANSACCION como MEDIACION POSITIVA, y en consecuencia otorga a la Presente AUTORIDAD DE COSA JUZGADA impartiendo la correspondiente HOMOLOGACION a los términos expuestos por las parte y ordena la entrega del instrumento cambiario consignado a la Oficina de Control de Consignaciones a los fines que remita al Tribunal N° 2 de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Sala de Juicio con sede en Puerto Ordaz, para que una vez recibido se sirva acusar recibo del mismo para ordenar el archivo del expediente. Ofíciese a la Oficina de Control de Consignaciones a los fines de la consignación del instrumento en cuestión a favor de los menores Carlos Fernando Salazar y Leonardo Jesús Salazar.-
El Juez
.....