Se dictó sentencia mediante la cual se declina la Competencia al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz por ser este Juzgado Primero de Juicio de Primera Instancia de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz Incompetente por la Materia.