Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesta por la ciudadana: JHASIVI HELENA GRANADO VELASQUEZ contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 2014-00436, Dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 2014. SEGUNDO: Se RATIFICA la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 2014-00436, Dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 2014, donde declara sin lugar la denuncia relacionada con la violación del derecho al trabajo, reenganche y restitución de la situación jurídica infringida, así como al pago de los salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir, interpuesta por la por la ciudadana: JHASIVI HELENA GRANADO VELASQUEZ en contra de la empresa ALI.....