En relación a la prueba de informes promovida este Juzgado observando que no es ilegal ni manifiestamente impertinente la admite, salvo su apreciación en la definitiva y en consecuencia se ordena oficiar a la empresa SIDOR, a los fines de que informe al tribunal si el ciudadano ASDRUBAL FELIPE VALLENILLA LEZAMA pertenece a la nómina de dicha empresa y el tiempo que este tiene laborando en la misma, además de que remita copia certificada de Listin de Pago, Constancia de trabajo y copia certificada de contrato de Compra venta de las acciones Clase "B" que el mismo es propietario. Ofíciese.