´En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano YOSMAR ANDRÉS DONAIRE, en su carácter de representante legal de la SOC. MERC. DONAIRE SUITE RENTAL C.A., asistido por el abogado en ejercicio WILLMER BISLICK WEEDEN, todos identificados en autos, parte demandada, en diligencia de fecha 07/02/2025 (folio 158), contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en fecha 06/02/2025 (Fs. 155 al 157). ´