Hoy, veintinueve (29) de enero de 2008, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se llevò a cabo la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa FP11-L-2007-001373 y visto que la mediación ha sido positiva y por cuanto los acuerdos contenidos en la presente acta no vulneran derechos irrenunciables del trabajador RAFAEL MIRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.817.514, ni normas de orden público, lo Homologa, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándose por concluido el proceso.-