DECISIÓN
En consecuencia de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, SE ABSTIENE DE ADMITIR LA PRESENTE SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, incoada por el ciudadano EDWUARD DAVID LACOURT FAULL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-15.689.118, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio FRANCISCO ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.267, por cuanto se evidencia una clara omisión en la presente solicitud.- En consecuencia, se ORDENA librar el presente despacho saneador a los fines de que la parte accionante, el ciudadano EDWUARD DAVID LACOURT FAULL, arriba identificado, cumplan con lo indicado por este Juzgado para proceder a su admisión, y en consecuencia a los efectos de la admisión o no de la presente solicitud se exhorta a la parte accionante, adecuar su preten.....