En fecha 29/03/2011, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente contra la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda; y como consecuencia de ello, se MODIFICA el fallo recurrido. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada las características del fallo.