este Juzgado Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos LEONARDO FABIAN OCHOA Y LIGIA ELENA CASTILLO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-18.439.144 Y V-19.198.112, Sin Perjuicios de Tercero de Igual o Mejor Derechos, sobre unas bienhechurias construidas en un lote de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en la Vía campo Elías entre calle principal y calle 4 de la comunidad de la Virgen Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área de construcción que mide CUATROCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS (406,57 Mts2)