Esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados MIGUEL ALFREDO BERMUDEZ GAMARRA Y ALFONSO BORTONE LAPORTE, actuando en su condición de defensores privados de los ciudadanos JOSÉ MANUEL AGUILAR CAMPOS Y CHENIN JOSÉ AGUILAR, contra la decisión dictada en fecha 19/01/2012 y publicado sus fundamentos en extenso en fecha 30/01/2012, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto principal Nº UP01-P-2010-001217, y se le ordena al Tribunal de Juicio Nº 02 que realice la Reconstrucción de los Hechos en base a la prueba anticipada.