Hoy, veintinueve (29) de abril de 2008, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, anunciado el acto por intermedio del Alguacil a las puertas del Juzgado, se deja constancia que la parte actora ciudadano: RAFAEL ANGEL SUAREZ, venezolano, cédula de Identidad N° V- 15.689.737 , no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituidos en autos y que hizo acto de presencia a la prolongación de la audiencia la ciudadana: BELZAHIR FLORES GONZALEZ., inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 47.451, en su condición de apoderada judicial de la demandada PROTECCION 2010 C.A.- En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el articulo en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-