Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano LUIS MILLAN, plenamente identificado en autos, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia de fecha 10 de febrero de 2009, dictada por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.