DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, suscrita y presentada por los ciudadanosQUIROZ RODRÍGUEZ YAISER YULIBETH y D`ONOFRIO JOSÉ ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad N° V- 18.054.774 y V- 22.316.489 respectivamente,con domicilio procesal ubicado en la urbanización Las Tejitas, entrada Principal con calle de Servicio, casa N° 69, municipio Cocorote, estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogadoVERGARA SÁNCHEZ MIGUEL ARTURO, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 174.433, contra la ciudadana MORALES ZULAY MARGARITA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-6.353.175, domiciliada en la urbanización San Gerónimo, calle N° 10, casa N° 10, municipio Cocorote, estado Yaracuy, en consecuencia,
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con l.....