En consecuencia de la declaratoria anterior, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: Al desalojo del inmueble constituido por un apartamento y su respectivo puesto de estacionamiento para vehículos, identificado con el N° B-12, primer piso de la Torre B del Edificio Residencias Bolívar, ubicado en la Avenida Upata, kilómetro 4 de esta ciudad y, como consecuencia de ello, a entregárselo materialmente a la parte actora, sin plazo alguno, una vez quede firme la presente decisión.
SEGUNDO: A cancelarle a la actora la cantidad de dos mil ochocientos bolívares (Bs. 2.800), por concepto de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses desde septiembre de 2008 y abril de 2009, a razón de trescientos cincuenta bolívares (Bs. 350) cada mensualidad.
TERCERO: A cancelarle a la actora la cantidad de setecientos bolívares (Bs. 700), por concepto de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de mayo y junio de 2009, a razón de trescientos cincu.....